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Yasira Alcobre

agosto 8, 2021 a las 7:36 pm

Mi padre fallecio y llevaba solo 3 o 4 meses con el seguro. Se hicieron cargo de todo pero me gustaria saber si llevando tan poco tiempo tenemos derecho a indemnización. Gracias.

Responder

  1. Raúl Vera García

agosto 9, 20021 a las 12:20 pm

Hola Yasira.

En primer lugar darte el pésame por el fallecimiento de tu padre. Son momentos delicados y muy dolorosos. En cuanto a la pregunta que me haces, no sé exactamente a qué tipo de indemnización te refieres. Necesitaría conocer algunos detalles, tanto de la póliza como de la causa del fallecimiento. Te puedo adelantar que independientemente del tiempo que estuviera asegurado y siempre que no se encontrara en un periodo de carencia, le corresponde cualquier indemnización que esté reflejada en las condiciones particulares de la póliza y cumpla estrictamente con la causa de la muerte.

Por ponerte un ejemplo, si en póliza aseguró 10000 euros por muerte por accidente y la causa del fallecimiento fue esta, le corresponderían los 10000 euros, si por el contrario fue por enfermedad, no daría lugar a indemnización alguna a los herederos. Referente a las gestiones y papeleos la compañía los gestionará igualmente.

Espero haberte ayudado aunque con tampoco datos es un poco difícil, si quieres concretar algo más los detalles estaré encantado de ayudarte. Muchas gracias por participar en el blog y de nuevo mi más sentido pésame.

 

 

Rosa Mª

Quiero vender un colutorio dental fabricado en España por una empresa. No quiero ser responsable de nada que pudiera ocasionar, aunque está bien registrado. querría un seguro de responsabilidad del producto que me cubriera las espaldas. Cuánto me costaría con una cobertura de 1.000.000€?

  1. Raúl Vera García

Hola Rosa.

Por lo que entiendo vas a ser distribuidora del producto y no fabricante. Como hemos comentado en el artículo, para que exista responsabilidad por tu parte, debes haber cometido un error en el proceso de tratamiento del producto o almacenaje. Por ejemplo no lo conservaste a la temperatura obligada por el fabricante etc. En este caso si es responsabilidad tuya y deberás indemnizar los daños causados.

Por otra parte si el producto sale mal de fábrica, es el fabricante el responsable de los daños ocurridos. Determinar la responsabilidad se convierte muchas veces en un dolor de cabeza que además en muchos casos obliga a ir a juicio, Contar con la cobertura de rc de productos en su seguro de responsabilidad civil es muy importante, ya que además, a través de la defensa jurídica de la póliza tendrás los gastos judiciales cubiertos.

Mil gracias por escribirnos y te mandamos un privado para que nos facilites más detalles y poder buscar el producto que más se adapte a lo que necesitas

olaia

Buenos días! Soy propietaria de una parcela de coche en un garaje colectivo. Desde hace un par de meses la falsa pared se ha hundido y desprendido del suelo y de la biga del techo unos 5 cm lo cual ha ido desprendiendo pequeños cascotes. El administrador de fincas me ha comentado que puede haber sucedido porque al aparcar le he ido pegando golpes a la pared con el coche. Cosa que es incierta porque hay espacio suficiente y siempre tengo sumo cuidado. Yo creo que es un defecto de obra porque también ha ocurrido en otra zona del garaje. A todo esto hace una semana han empezado unas obras en la vía peatonal justo encima de mi parcela que han acelerado el desprendimiento de la pared. El administrador de fincas me dice que se tiene que hacer cargo mi seguro de coche. He hablado con mi seguro de coche y mi seguro de casa ( en el que también está incluida la parcela) y me dicen que ellos no se hacen responsables, que es un  problema del seguro de la comunidad del garaje. Además hace un año a otro vecino le ocurrió lo mismo en su parcela en otra zona del garaje y se lo cubrió la comunidad porque se quedo en eso en una reunión celebrada entre los vecinos.
Me gustaría saber de qué seguro es la responsabilidad de este siniestro y si son los vecinos de la comunidad de garaje quienes deciden de que siniestro se responsabilizan y de cual no.

Muchas gracias.

Responder

  1. Raúl Vera García

Hola Olaia:

Gracias por participar en el blog y voy a intentar contestar esquematizada mente tus consultas.

    • – No entiendo cómo una administrador de fincas puede aventurarse a decir que eres la culpable del desprendimiento de la falsa pared sin ningún tipo de pruebas, a menos que exista en el garaje cámaras de vídeo o testigos que corroboren esta versión no debería aventurarse de esta manera. Está claro que si no eres la responsable por un impacto con tu coche del desprendimiento éste no se va hacer cargo del daño.
    • – Partiendo de esto, no hay ninguna cobertura del seguro de la comunidad si no se demuestra que hay un impacto del vehículo que cubran estos desperfectos. Con lo que se debe ver si son defectos de obra para reclamarle al constructor (si estamos en periodo para ello) o de lo contrario y según marca el artículo 10 de la ley de propiedad horizontal, la comunidad tiene la obligación de mantener/reparar todos aquellos desperfectos que se produzcan en la misma. Es decir en este caso sería la comunidad la que tendría que reparar con cargo al presupuesto comunitario.

Según lo comentado, estás en tu derecho como propietaria de requerir a la comunidad de vecinos el cumplimiento de sus obligaciones. Todo esto si no se es capaz de identificar a un responsable.

Gente real problemas reales