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Impuestos de las pólizas de seguros de comunidades

Los impuestos en las pólizas de comunidad existen. Por consiguiente, hemos de tenerlos en cuenta a la hora de calcular el coste final que alcanzan estos productos de las compañías aseguradoras, aunque también es cierto que cuando nos dan precios u ofertas de seguros de comunidades, ya suelen darnos la prima total (que incluye los impuestos).

impuestos de las polizasA continuación, realizamos un repaso sobre los tipos impositivos que gravan las pólizas de comunidad.

¿Qué tributos se aplican a las pólizas de comunidad?

En primer lugar, hemos de señalar que uno de los impuestos más comunes en las operaciones comerciales no tiene lugar en esta clase de pólizas, las cuales son obligatorias en el marco de las comunidades de propietarios.

Nos referimos al impuesto sobre el valor añadido. Por lo que respecta a pólizas como las que nos ocupan, están incluidas en las exenciones contempladas en el artículo 20 de la Ley de Impuesto sobre el Valor Añadido.

Tributos que se aplican

Hecho este inciso, presentamos lostributos que se aplicancuando formalizamos la póliza de comunidad:

Impuesto sobre primas de seguros (IPS).

Este impuesto especial se aplica con un tipo del 6 % (los de comunidad no se encuentran entre las exenciones que figuran en el artículo 12 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social). Este tributo es de aplicación tanto mediante el pago fraccionado como con el único.

Impuesto destinado al Consorcio de Compensación de Seguros (CCS).

Se tiene en cuenta en dos tipos de seguros: los personales de vida en los que haya riesgo de accidente y los que protegen los daños materiales. En estos últimos, están enmarcadas las pólizas que nos ocupan en este texto. Con su 3,5 % se cubren daños por catástrofes naturales o intervenciones policiales.

Impuesto para liquidación de entidades aseguradoras (LEA).

Con este recargo del 0,15 % se abonan derechos de los asegurados que no pueda afrontar una compañía intervenida.

En definitiva, hemos de añadir siempre los impuestos de las pólizas de comunidad en nuestros cálculos del precio del producto.