La responsabilidad civil ex delicto es un mecanismo que el ordenamiento jurídico establece para garantizar la reparación de los daños que acompañan a la comisión de un delito. Así, el art. 1.089 del Código Civil estipula, expresamente, que las obligaciones nacen (entre otros supuestos), de actos y omisiones ilícitos.
Posteriormente, el art. 1.092 señala que este tipo de responsabilidad se regulará en el Código Penal.
Pero no te confundas: este tipo de responsabilidad es de orden privado (civil), y puedes librarte de ella si contratas el seguro adecuado.
Cómo funciona la responsabilidad civil ex delicto
Según el art. 109 del Código Penal, la comisión de delitos obliga a la reparación de la lesión provocada. Este tipo de responsabilidad civil puede exigirse en sede penal o en sede civil, a opción del perjudicado.
Daños que incluye esta responsabilidad
La responsabilidad civil ex delicto incluye la restitución, la reparación del daño y la indemnización de perjuicios materiales y morales. Además, se extiende a:
– Daños que hayan sufrido los bienes o las personas.
– Daños materiales y morales.
– Daños producidos a terceros.
Restitutio in integrum y responsabilidad patrimonial universal
¿Quién determina la cuantía de la responsabilidad?
El encargado de determinar la cuantía de la responsabilidad es exclusivamente el Juez o Tribunal que la declare. Por ello, pueden moderar el importe de la misma cuando el lesionado concurriera a provocar o agravar el daño.
A fin de cuentas, la institución de la responsabilidad civil está ideada para que el lesionado quede indemne, por lo que no puede ser la base para ningún enriquecimiento.
Este principio de reparación íntegra se complementa con el principio de responsabilidad patrimonial universal, recogido en el art. 1.911 del Código Civil:
<<Del cumplimiento de las obligaciones responde el deudor con todos sus bienes, presentes y futuros>>.
Lo que significa que, una vez determinada la concurrencia de la responsabilidad civil y tasada la misma, todo el patrimonio de quien perjudicó, se verá afecto a la reparación íntegra del mismo.
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Seguros de responsabilidad civil
Lo anterior explica la popularidad de los seguros de responsabilidad civil.
Al desplazar la responsabilidad patrimonial aparejada a la comisión de un delito, la mayoría de los profesionales cuentan con ellos. De hecho, los hay obligatorios, como es el seguro de circulación en su modalidad de terceros.
Teniendo en cuenta que la responsabilidad civil ex delicto podría aparecer cuando se cometen delitos por omisión, resulta recomendable para toda persona que realice cualquier actividad económica (por ejemplo, autónomos) contratar uno de estos seguros, si no desea arriesgar todo su patrimonio.
En esta línea, es muy habitual que los administradores y directivos de empresas contraten seguros de responsabilidad civil.
En definitiva, en el ejercicio de cualquier actividad de riesgo es recomendable contratar un seguro de responsabilidad civil ex delicto, que permita desplazar la misma hacia la aseguradora, en el desafortunado caso de que se produzca una lesión tipificada como delito.
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