Como autónomo o dueño de una PYME, aprender a relacionarte con el complejo sistema tributario español puede parecer, en ocasiones, algo bastante complejo. Cumplir escrupulosamente con todas las obligaciones fiscales no solo es un deber legal, sino también una salvaguarda esencial para la estabilidad y el futuro de tu negocio. Sin embargo, incluso con la mejor intención, la complejidad de la normativa y los posibles errores humanos pueden derivar en infracciones que la Agencia Tributaria sanciona. Ser consciente de «Las infracciones que puedo cometer como autónomo o PYME» es el primer paso crucial para implementar estrategias preventivas y, en última instancia, proteger tu patrimonio y la continuidad de tu actividad.
Si has acabado aquí, de seguro pensarás «¿Cuáles son las infracciones que puedo cometer como autónomo o PYME?», por ello, hemos preparado en este artículo la información para que tengas todo bien regulado en tu negocio.
Las infracciones que puedo cometer como autónomo o PYME
Si te planteas todas las infracciones que puedo cometer como autónomo o PYME, tienes que comprender que todo ello es muy amplio y abarca desde errores formales hasta actuaciones con una clara intención de eludir el pago de impuestos. Comprender la naturaleza de estas infracciones y la forma en que la Agencia Tributaria las clasifica es vital para evitar incurrir en ellas.
Como mencionamos anteriormente, las sanciones se dividen en leves, graves y muy graves, en función de la base de la sanción, la existencia o no de ocultamiento, y la naturaleza de la irregularidad cometida. Sin embargo, para entender mejor «Las infracciones que puedo cometer como autónomo o PYME», es útil desglosar algunas de las áreas donde los errores son más frecuentes:
Infracciones Leves
- Presentar declaraciones (IVA, IRPF, etc.) fuera de plazo sin requerimiento previo, siempre que no haya perjuicio económico o este sea menor de 3.000 euros y no exista ocultamiento.
- Errores u omisiones en las declaraciones que no superen los 3.000 euros de base de la sanción y sin que haya intención de ocultar información.
- Incumplimiento de obligaciones formales como no comunicar el cambio de domicilio fiscal dentro del plazo establecido.
- Errores en la cumplimentación de modelos tributarios que no impliquen una diferencia significativa en el importe a ingresar o devolver y sin intención de fraude.
- No llevar correctamente los libros de contabilidad o registros fiscales, siempre que no impida conocer la situación tributaria y no haya ocultación.
- No emitir o conservar facturas con todos los requisitos legales, cuando la omisión o inexactitud no dificulte el control tributario y no haya intención fraudulenta.
Infracciones Graves
- Errores u omisiones en las declaraciones con una base de la sanción superior a 3.000 euros cuando existe ocultamiento.
- No practicar retenciones o ingresos a cuenta, o practicarlos por un importe inferior al debido, cuando el importe no retenido e ingresado representa el 50% o más de la base de la sanción.
- Utilizar facturas, justificantes o documentos falsos o falseados, siempre que el importe de las operaciones que reflejan represente el 10% o menos de la base de la sanción.
- Llevar una contabilidad con anomalías sustanciales que impidan conocer la situación tributaria o que supongan un porcentaje de inexactitud entre el 10% y el 50% de los importes declarados o que deberían haberse declarado.
- Deducir gastos que no están directamente relacionados con la actividad económica o que no cumplen con los requisitos legales, cuando el importe de estos gastos es significativo (superando los 3.000 euros y con posible ocultamiento).
- Obstrucción a la labor inspectora, como no facilitar información o documentación requerida de forma reiterada.
- Aplicar incorrectamente regímenes especiales cuando se incumplen requisitos sustanciales y esto genera una ventaja fiscal indebida.
Infracciones Muy Graves
- Utilizar medios fraudulentos para dejar de ingresar la deuda tributaria o para obtener devoluciones improcedentes. Esto incluye la manipulación de la contabilidad, la presentación de facturas o documentos falsos por importes significativos.
- No practicar retenciones o ingresos a cuenta, o practicarlos por un importe inferior al debido, cuando el importe no retenido e ingresado representa el 100% o más de la base de la sanción.
- Llevar una doble contabilidad o registros ocultos con la intención de defraudar a Hacienda.
- La falta de colaboración con la inspección de Hacienda que impida el desarrollo de sus funciones (negativa absoluta a facilitar información, ocultación de documentos, etc.).
- La utilización de testaferros o paraísos fiscales con el objetivo de eludir el pago de impuestos.
- Obtener indebidamente beneficios fiscales o ayudas públicas mediante la aportación de documentación falsa o la omisión de información relevante.
Seguros que pueden ayudarte a reducir el impacto de posibles infracciones
Si bien la mejor estrategia es siempre la prevención, existen seguros diseñados para mitigar el impacto económico de posibles errores u omisiones que puedan derivar en sanciones fiscales. Estos seguros no evitan la sanción en sí, pero sí pueden cubrir los costes asociados a la defensa jurídica y, en algunos casos, la propia sanción (aunque esto último puede tener ciertas limitaciones legales y éticas). Algunos de los seguros más relevantes en este contexto son:
- Seguro de Responsabilidad Civil Profesional: Este seguro está diseñado para cubrir los daños y perjuicios que puedas causar a terceros en el ejercicio de tu actividad profesional, incluyendo errores u omisiones que puedan tener consecuencias fiscales para tus clientes. Por ejemplo, si como asesor fiscal cometes un error en la declaración de un cliente que le genera una sanción, tu seguro de responsabilidad civil profesional podría cubrir los costes de defensa y la indemnización al cliente.
- Seguro de Defensa Jurídica: Este tipo de seguro proporciona cobertura para los gastos legales en los que puedas incurrir como consecuencia de procedimientos administrativos o judiciales, incluyendo aquellos relacionados con inspecciones fiscales o reclamaciones de la Agencia Tributaria. Puede cubrir los honorarios de abogados, procuradores y otros gastos judiciales.
- Seguro de Protección Jurídica para Empresas: Similar al seguro de defensa jurídica, pero específicamente diseñado para empresas, este seguro ofrece una cobertura más amplia para diferentes tipos de conflictos legales, incluyendo los de índole fiscal. Puede ser una herramienta valiosa para afrontar los costes de una defensa ante una sanción de Hacienda.
Es importante tener en cuenta que la cobertura de las sanciones fiscales por parte de los seguros puede ser limitada o incluso inexistente, ya que las sanciones suelen considerarse una consecuencia directa de un incumplimiento legal. Sin embargo, contar con un seguro de defensa jurídica puede ser fundamental para afrontar los costes de un proceso de reclamación o un litigio con la Administración, permitiéndote acceder a asesoramiento legal especializado sin que esto suponga un impacto económico inasumible para tu negocio.
Conclusión sobre las infracciones que puedo cometer como autónomo o PYME
En un entorno fiscal complejo, un seguro adecuado se convierte en un aliado estratégico, ofreciendo la tranquilidad de contar con respaldo económico y asesoramiento legal especializado ante posibles errores involuntarios o interpretaciones divergentes de la normativa. Al proteger los costes de defensa y, en ciertos casos, mitigar el impacto financiero de una sanción, los seguros brindan una capa adicional de seguridad para ti y la continuidad de tu negocio.
Recuerda que, para la correcta protección de tu negocio, no solo debes tener el conocimiento sobre posibles infracciones. Es muy importante contar con algún seguro de Responsabilidad Civil o similar para tener la seguridad necesaria.
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