La Responsabilidad Civil en Exceso es un supuesto que se origina en determinados casos cuando hay un siniestro. Explicamos qué es, los distintos tipos que existen y cuándo se puede reclamar.
Qué es la Responsabilidad Civil en Exceso
La Responsabilidad Civil en Exceso es aquella que se abona más allá de lo que se pactó en su día entre la compañía y el tomador del seguro. El objetivo es cubrir eventualidades extraordinarias que excedan, con mucho, el capital asegurado.
Hay que señalar que este tipo de acuerdo es común y se suele solventar pagando una prima anual sobre la cantidad contratada. Con ello, podrá responderse ante determinadas situaciones.
Los tipos de Responsabilidad Civil en Exceso
Esta responsabilidad es, por definición, excepcional, así que los casos que la originan también lo son. Principalmente se tratará de aquellos daños personales que se generan directa o indirectamente en una situación de la que seamos responsables.
Podemos destacar los siguientes casos que son los más habituales.
Daños a terceros o fallecimiento
Si una persona sufre lesiones físicas o fallece, hay una responsabilidad civil que puede afrontar más allá de las cuestiones penales. Esto supondrá una indemnización que se tendrá que abonar al damnificado o a su familia.
Este es, probablemente, uno de los supuestos más fáciles de demostrar porque es suficiente con disponer de la información o documentos que acrediten la situación.
Pérdida patrimonial
Los daños a terceros suponen, en ocasiones, que la persona afectada tiene una pérdida patrimonial. Aunque la sanidad es pública, es posible que algunas personas tengan que estar encamadas o que necesiten ayuda suplementaria para su día a día.
En este caso, también se podría reclamar una indemnización al responsable de la situación. Eso sí, convendrá dejar constancia de estos gastos y del perjuicio patrimonial que le han causado al afectado.
Daños morales y psicológicos
Los daños morales y psicológicos son aquellos relacionados con las expectativas de las personas o con las dificultades para insertarse en la sociedad por trastornos generados. Hay muchas personas con Trastorno de Estrés Postraumático (TEPT) que tienen una difícil recuperación y secuelas vitalicias.
Es altamente recomendable que tengamos en cuenta que esta responsabilidad es más difícil de calcular, pero igualmente se puede reclamar.
Lucro cesante
El lucro cesante es la cantidad que dejará de ganar el damnificado por un accidente al no poder ejercer su profesión.
Es importante señalar que este caso es más habitual en los autónomos o profesionales, aunque se puede aplicar a todo aquel que desempeñe una actividad económica. Cuando las consecuencias han sido físicas, suele ser fácil de demostrar.
Cuándo se requiere la exigencia de esta responsabilidad
La responsabilidad en exceso se requerirá en caso de que haya unaccidente y que se demuestre quién es el responsable del mismo. Las pólizas de seguro, como principio general, cubren los daños a terceros en el vehículo siniestrado, pero hay determinados supuestos como el fallecimiento que no contemplan.
Cuando hay un accidente y se derivan daños mayores, el responsable tiene que asumirlos todos. Si esto sucede, se tendrá que hacer cargo de todos los daños que haya generado, tanto materiales como físicos y psicológicos.
Es conveniente recordar que, a lo largo del tiempo, esta consideración puede cambiar a medida que se descubren nuevas secuelas.
Lo más común es que se aplique este principio en los accidentes de tráfico porque son los que generan la mayor parte de los casos. Sin embargo, sería poco realista limitar a este ámbito las acciones porque lo cierto es que se utilizan en varios casos.
Qué hay que saber para iniciar una reclamación
Lo normal es que el proceso de la reclamación de este tipo de responsabilidad se gestione cuando hay pruebas concluyentes de la situación. Muchas veces es imposible, a corto plazo, saber cuál ha sido el impacto negativo. Lo más recomendable es que se disponga de toda la documentación para iniciar cualquier acción.
Por lo tanto, durante la fase de instrucción del juicio, y una vez que se disponga del atestado, podrá redactarse un escrito para que se reclame lo que se considere oportuno.
Plazos de prescripción
Los plazos de prescripción de la responsabilidad civil en estos casos son altos. Como principio general, hasta que no se conozca cuál ha sido el quebranto definitivo, no hay por qué iniciar la acción de reclamación.
Desde ese momento, el perjudicado o su familia disponen de un año para realizar la correspondiente demanda de responsabilidad civil. En la vía penal se dispone de 6 meses para interponer denuncia.
Conclusión
La Responsabilidad Civil en Exceso es uno de los aspectos que tiene que cubrir una persona que tome un seguro para que no haya problemas en el futuro.
El consejo que damos es consultar todas las posibilidades que ofrecemos en tucorreduriadeseguros.com. Esta es la manera de conseguir contratar el seguro que se necesita.