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Precios de Seguros para Instrumentos Musicales

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    ¿Cuántos instrumentos necesitas asegurar?:



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    ¿Qué cubre nuestras pólizas de seguros para instrumentos de música?

    Daño accidental

    La compañía se compromete a hacerse cargo del que coste que suponga:

    • reparar o reponer las piezas debido a un daño originado por una causa accidental, imprevisible y súbita
    • o de los gastos de sustituir el instrumento de música por otro instrumento igual o de características similares.

    Robo y expoliación

    La compañía se compromete a asumir lo que vale el instrumento para los casos de robo y/o para el caso de expoliación hasta la suma asegurada o límite definido en póliza.

    Para tramitar el siniestro será imprescindible que el asegurado interponga denuncia ante la autoridad competente.

    Sustitución del instrumento

    No todas las aseguradoras con las que nuestra correduría trabaja incluyen en sus pólizas esta garantía.

    La cobertura de sustitución del instrumento musical consiste en asumir el coste de sustituir el instrumento musical asegurado, hasta el límite que esté marcado en las condiciones particulares de la póliza, en el caso de que no sea posible usar dicho instrumento como consecuencia de un daño por una causa cubierta por el seguro.

    El límite de esta garantía, puede variar según compañías, algunas los fijan en un 5% del valor del instrumento que hayamos declarado en póliza (se incluye en este límite el coste del transporte del mismo).

    Hurto del instrumento

    Muchas compañías tienen excluida esta garantía. De hecho algunas aseguradoras con las que trabaja nuestra correduría que cubren el robo de instrumentos musicales no garantiza el hurto.

    Esta cobertura es por la que la compañía de seguros se hará cargo del coste del instrumento de música, hasta el límite fijado en cond. part., si éste ha sido hurtado (sin violencia, fuerza, ni intimidación).

    Esta cobertura suele tener franquicias mayores a las de las otras garantías (“daño accidental”, “robo y expoliación” o “sustitución del instrumento”). En algunas compañías esta franquicia es porcentual (30% del valor del siniestro) y se aplica un mínimo (250 € o 1.000 € según si es un instrumento o varios en póliza) no aplicándose máximo en dicha franquicia.

    Llámanos sin compromiso

    91 013 34 81

    Preguntas Frecuentes sobre los seguros para instrumentos de música

    ¿Qué tipos de instrumentos musicales se pueden asegurar?

    Con este tipo de seguro para instrumentos de música, se pueden asegurar instrumentos de la familia de:

    • la cuerda: violín, viola, violonchelo, contrabajo, octabajo, guitarra, bandurria, laúd, ukelele, arpa,…
    • viento: saxofón, fagot, tuba, oboe, flauta travesera, clarinete,…
    • y percusión.

    En cualquier caso, en estos momentos estamos negociando con diferentes aseguradoras y estamos estudiando caso por caso para intentar dar solución aseguradora a la mayoría de tipos de instrumentos musicales.

    ¿Qué instrumentos no se pueden asegurar?

    Aunque las familias de instrumentos de cuerda, viento y percusión son los tipos de instrumentos musicales para los que disponemos acuerdos con compañías como riesgos asegurables sin necesidad de consultar a departamentos técnicos, estamos suscribiendo pólizas para determinados casos para otros tipos de instrumentos musicales.

    Por lo tanto, consulta tu caso particular aquí.

    ¿Se pueden asegurar los instrumentos electrónicos?

    Como hemos comentado, hay modalidades de pólizas en las que aseguramos todos los instrumentos musicales de una banda, grupo u orquestas, incluyendo teclados electrónicos, guitarras eléctricas, etc.

    Además estamos desarrollando constantemente acuerdos con diferentes aseguradoras para poder, a través de diferentes ramos de seguro, asegurar diferentes instrumentos musicales (además de los de las familias de cuerda, viento y persución).

    Por lo tanto, consulta tu caso particular aquí.

    ¿Cuántos instrumentos puedes asegurar?

    En estas pólizas de instrumentos de música puedes asegurar tus instrumentos de las siguientes formas:

    • El propietario del instrumento puede asegurar su instrumento en una póliza.
    • Una orquesta o grupo de música puede asegurar los diferentes instrumentos: violines, violonchelos, clarinetes, flautas, guitarras eléctricas, teclados, batería,… en una sola póliza.
    • El propietario de varios instrumentos, puede asegurar varios instrumentos (suyos), por ejemplo 2 guitarras españolas en una sola póliza.

    ¿Qué duración puede tener el seguro?

    En tucorreduriadeseguros.com suscribimos pólizas de seguros de instrumentos musicales:

    • tanto anuales renovables,
    • como temporales.

    ¿Dónde tengo cobertura con este seguro para mi instrumento?

    Respondemos a esta pregunta desde 2 ámbitos:

    • Por un lado, esta póliza da cobertura a los instrumentos, detallados en la misma, que se encuentren en traslados, en transporte, estancias, conciertos y en ensayos.
    • Por otro lado, desde el ámbito geográfico, en tucorreduriadeseguros.com trabajamos con aseguradoras especialistas en seguros para música que pueden dar cobertura a tu instrumento:
      • en España
      • en Europa
      • en el resto del mundo (salvo ciertas excepciones detalladas en el condicionado de la póliza).

    Los precios de los seguros de instrumentos musicales varían en función del ámbito geográfico contratado.

    ¿Cuáles son los valores máximos y mínimos del instrumento que puedo asegurar?

    Como ya hemos comentado anteriormente, nuestra correduría trabaja con diferentes aseguradoras especializadas en seguros para instrumentos musicales y cada una tiene ciertas diferencias en políticas de suscripción y en límites asegurados.

    • Sin embargo, es habitual que marquen como capital mínimo asegurable la cantidad de 300 € cuando se contrata la modalidad de póliza en la que sólo se asegura un sólo instrumento del que el tomador es el propietario. En este caso, el valor máximo es de 50.000 €, (aunque se pueden estudiar casos específicos).
    • Cuando hablamos de pólizas para asegurar orquestas o grupos musicales, el valor mínimo continúa siendo de 300 €, pero el valor máximo suele marcarse en 300.000 € y el valor máximo “unitario” asegurable en 30.000 €.

    Para valores superiores a estos, necesitaremos un estudio específico.

    ¿Tienen franquicia este tipo de seguros de instrumentos?

    , este tipo de pólizas tienen siempre franquicia.

    Es muy habitual que la póliza posea una franquicia porcentual (por ejemplo de un 10 %), incluyendo un mínimo (por ejemplo de 30 €) y un máximo (por ejemplo de 180 €).

    Las cantidades que acabamos de mencionar podrían ser diferentes según la compañía que suscriba el riesgo.

    ¿Hay que acreditar la existencia del instrumento?

    Sólo cuando el instrumento supere una determinada valoración (12.000 € en algunas compañías) habrá que aportar un reportaje fotográfico de certificación de preexistencia del instrumento y certificación de su valoración.

    En cualquier caso, como estamos suscribiendo pólizas de seguros de instrumentos musicales con diferentes compañías. Es conveniente consultar en cada caso.

    ¿Se aplica regla proporcional en este tipo de pólizas?

    En el caso de que al ocurrir un siniestro el valor de reposición sea superior al declarado en póliza, se procederá a aplicar la regla proporcional por infraseguro.

    Si el siniestro provoca una pérdida total, entonces la aseguradora indeminizará hasta el límite del capital asegurado.

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    En tucorreduriadeseguros.com somos especialistas en seguros para instrumentos musicales.

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