Las pólizas de seguro de comunidades es un tipo de póliza multirriesgo en la que los bienes asegurados se diferencias, principalmente entre continente y contenido. Hace poco hablamos en un artículo sobre el continente en los seguros de comunidades. Hoy vamos a tratar el contenido.
¿Qué es el contenido en las pólizas de comunidad?
Siempre decimos que para saber lo que una compañía entiende por un concepto, lo que debemos hacer es ir al condicionado general de este tipo de seguro o ramo de esa aseguradora y leer cómo lo describe. Lo cierto es que cada compañía suele definirlo con determinadas diferencias.
El contenido en un seguro de comunidad es el conjunto de bienes objetos y muebles que son propiedad de la comunidad de propietarios y están ubicados de forma permanente en las zonas comunes que tiene el edificio. Aquí podemos incluir enseres, utensilios o aparatos que el personal al servicio de la comunidad utilice para sus tareas habituales. No se entenderá como «contenido de la comunidad» aquellos bienes que estén instalados en zonas privativas del edificio, aún cuando sea propiedad de la comunidad.
Ejemplos de lo que se considera contenido
Se suele considerar dentro del concepto de contenido a muebles, mostradores, espejos, lámparas, objetos de decoración, herramientas, útiles, maquinaria de limpieza, mantenimiento, de jardinería, extintores o mobiliario de jardines.
Ejemplos de lo que no se considera contenido
Cuando un bien es propiedad o de uso de un solo vecino, objetos con un valor unitario superior a una determinada cantidad (por ejemplo más de 3.000 € en algunas compañías), vehículos a motor, escrituras, billetes de lotería,…
Mobiliario versus contenido
Algunas aseguradoras se refieren al mobiliario de la misma forma que al contenido en esta tipo de pólizas, pero es muy habitual que se entienda que el mobiliario es uno de los diferentes tipos de bienes que integran el contenido de las pólizas de comunidad.
Forma de valoración del contenido en los seguros de comunidad
No todas las aseguradoras tratan de la misma forma la valoración del contenido de los seguros de comunidad. En algunas compañías se asegura a valor total, mientras que en otras se asegura a primer riesgo o a valor parcial.