Saltear al contenido principal

Seguro de comunidad obligatorio ¿Que debería cubrir?

A nuestra correduría de seguros nos llegan a diario peticiones de presupuestos para seguros de comunidad, Una de las cosas que aún hoy más nos sorprenden, es la cantidad de estas comunidades de vecinos que NO tienen seguro en la actualidad. Muchas, sin saberlo, corren el riesgo de ser sancionadas por no tener al menos el Seguro Obligatorio de Comunidad.

seguro comunidad obligatorio¿Es realmente obligatorio que una comunidad tenga contratado una póliza de seguro?

Lo cierto es que no hay ninguna ley nacional que obligue a ello. Ni siquiera la ley de propiedad Horizontal hace mención de este asunto. Pero existen dos comunidades autónomas que cuentan con una legislación que obliga a asegurar los edificios. La comunidad de Valencia y en la de Madrid.

Seguro de comunidad obligatorio en la Comunidad de Madrid

  • En Madrid, esto se establece según el artículo 24 de la Ley de Madrid 2/1999 establecida el 17 de marzo y recogida en las Medidas de la Edificación -EDL 1999/61632-, dentro del título: «Del uso y conservación del edificio”, la cual establece que todo edificio debe de estar asegurado por cualquier riesgo de incendio y daños que se puedan haber producido a un tercero.

En el caso de que no se cuente con un seguro obligatorio de comunidad, se estará incurriendo en una falta muy grave según recoge el artículo 26 de la citada ley. Siendo las sanciones que se pueden establecer de 60.101,21 a 150.253,02 euros.

Seguro de comunidad obligatorio en la Comunidad Valenciana

es obligatorio que los edificios de viviendas estén asegurados contra el riesgo de incendios y por daños a terceros”

El artículo termina diciendo 3 supuestos en los que las comunidades gozarán de preferencia para la obtención de ayudas públicas, entre ellas, para aquellas comunidades que tengan suscrito un contrato de seguro que cubra los daños causados al edificio por riesgos extraordinarios.

Fuera de estas comunidades, el seguro no es obligatorio, aunque hay que tener especial cuidado por si existiera alguna normativa municipal.

Entonces, ¿qué debe cubrir el seguro obligatorio de comunidad?

Según la normativa que hemos visto anteriormente, el seguro de comunidad obligatorio debe cubrir:

1. Daños materiales:

Se debe asegurar el continente de la comunidad para los riesgos de: incendio, explosión, caída de rayo,..  Según la compañía, en sus garantías básicas también incluirá el humo, los daños eléctricos y actos de vandalismo.

2. Responsabilidad civil:

Dentro del seguro obligatorio de comunidad, también se incluye la indemnización por la pérdida económica directa, legalmente exigible, ocasionada a un tercero que haya podido ser afectado por daños materiales o personales, cuando sea el edificio responsable.

En este sentido, a diferencia de en otras pólizas, en los seguros de comunidad se considera igualmente tercero a los copropietarios, los inquilinos y las personas que vivan con ellos.

Hasta aquí lo obligatorio…

… Pero existen otras Garantías muy importantes

A la hora de pedir precio para el seguro de comunidad, estas son 3 coberturas que no deberían faltar nunca en las ofertas.

Daños por agua:

Debe de cubrir los atascos de las tuberías (y algunos problemas relacionados con ellas), las roturas de tuberías, los daños por goteras o las fugas…

Según las estadísticas, los percances más habituales que se suelen producir en la comunidad de vecinos están relacionados con daños por agua (normalmente, filtraciones y roturas de las tuberías).

Robo:

Debe incluir tantos los desperfectos por robo al continente, como dicha cobertura para el contenido que pueda tener la comunidad.

Defensa Jurídica:

Los beneficios de contratar la defensa jurídica en un seguro de comunidad, cada vez son más evidentes. Se hace imprescindible que la comunidad de vecino cuente con esta protección tanto para la defensa de sus intereses como para la reclamación de daños.

Aunque en la mayoría de comunidades no existe obligación de contratar este seguro, todas deberían tenerlo.

Si vives en una comunidad de vecinos de Madrid o Valencia y no tenéis seguro, a parte de los innumerables riesgos que asumís, podéis ser sancionados por la autoridad competente. Si a pesar de esto, tus vecinos siguen sin querer hacer el seguro, contacta con nosotros y te explicamos que puedes hacer.

Esta entrada tiene 2 comentarios

  1. NIF de asegurado y riesgos a contratar en seguro de garage comunitario

    Mi garage comunitario tiene un solo portón para entrada y salida, pero materialmente está formado por dos sótanos de dos edificios distintos y separados sobre rasante pero que colindan por sus sótanos-garages.
    En los estatutos de cada uno de los dos edificios, su sotano-garage es el «departamento numero uno». Cada sotano-garage tiene su propio y distinto régimen de comunidad, siendo las únicas reglas comunes sufragar al 50% todos los gastos y cargas derivadas de las servidumbres mutuas de paso, alumbrado de las mismas y mantenimiento del portón, bombas, ventilación, etc.
    Los dos promotores de ambos edificios asignaron a los dos garages un solo CIF, por lo cual actualmente está contratado un solo seguro para «la comunidad del garage». Esta póliza de seguro solo cubre el riesgo de responsabilidad civil a terceros (no incendio, explosión, defensa…). Si el CIF mencionado solo identificara a los obligados a sufragar gastos compartidos y no a los copartícipes de los dos «departamento numero uno» ¿sería conveniente modificar el contrato e identificar como tomadores a los titulares de los dos «departamento numero uno» y aumentar los riesgos contratados?

    Nota.- Los seguros comunitarios de cada uno de los dos edificios (sobre rasante) está contratado con la misma aseguradora que «el garage» y excluyen expresamente de cobertura a sus respectivos «departamento numero uno» de garages.

    Un saludo

    1. Hola Watch.

      Darte las gracias por participar en el blog. Realmente y si solo existe un cif no veo problema en que se pueda cubrir el garaje con un solo seguro de responsabilidad civil. Eso sí, siempre que el riesgo esté perfectamente identificado. En un seguro de responsabilidad civil los parámetros a notificar más importantes suelen ser número de plazas, número de plantas y metros cuadrados construidos, mientras que estos datos estén correctos y sean la suma total de los dos garajes el seguro no tiene por qué poner problemas. Otra cosa es la conveniencia de regularizar esta situación ya que a mi parecer deberían estar constituidas dos comunidades de garajes.

      Espero haber resuelto tu duda y si te queda algo pendiente espero tu comentario.

Los comentarios están cerrados.