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El fondo de reserva de la comunidad propietarios

En nuestro blog estamos publicado artículos sobre diferentes temáticas. Hoy, en lo relativo al seguro de comunidad, queremos hablar sobre el fondo de reserva en las comunidades de propietarios.

fondo de reserva de la comunidad propietariosEl fondo de reserva de las comunidades de propietarios

El fondo de reserva de la comunidad de propietarios es un concepto al que muchas veces no se presta la atención necesaria. Por lo general, a la hora de hacer las cuentas, se busca que los ingresos cubran los gastos ordinarios a los que se debe hacer frente, pero no se suele dotar a este fondo de cantidad alguna.

La importancia del fondo de reserva en una comunidad de propietarios

En primer lugar, cabe destacar que el fondo de reserva en una comunidad de propietarios es una figura legal indispensable. Tanto es así que su carácter obligatorio viene regulado en la Ley de Propiedad Horizontal, más concretamente en el artículo 9.

Obligación del Fondo de Reserva

Según se estipula en la citada ley, las comunidades deben dotar este fondo en el momento de su constitución. Asimismo, en la celebración de cada reunión ordinaria anual y la consiguiente aprobación del presupuesto, la cantidad deberá actualizarse con arreglo a los porcentajes estipulados.

¿Cuáles han de ser las cantidades del fondo de reserva?

En el momento en el que el fondo se dota por primera vez, la cuantía no deberá ser inferior a un 2,5 % del presupuesto ordinario del año. Cuando éste ya estuviera creado, el ejercicio que se tomará como referencia para calcular la cantidad será el inmediatamente anterior, y el porcentaje ascenderá entonces a un 5 %.

Restitución del fondo de reserva

Asimismo, dicha dotación ha de permanecer siempre en las cuentas comunitarias. Si se gastase parcial o totalmente para alguno de los supuestos previstos, deberá establecerse una derrama para restituirlo y alcanzar de nuevo el mínimo legal exigido.

¿En qué supuestos se utiliza el fondo de reserva?

Por norma general, la finalidad de esta figura es la de hacer frente al pago de gastos imprevistos y que no aparecen reflejados en el presupuesto ordinario anual. Es el caso principalmente de obras de conservación y reparación de la finca, así como de los trabajos de rehabilitación.

Asimismo, la ley permite afrontar, con este fondo, los gastos relativos a contratos de seguro o de mantenimiento de la finca. Sin embargo, en el caso de destinarlo a alguno de estos supuestos habrá que decantarse por uno u otro, pues no se faculta que ambos contratos se sufraguen con este remanente.

¿Qué pasa ante los cambios de propiedad?

El fondo se nutre de la participación de cada uno de los vecinos de la finca en función a su coeficiente de participación. Sin embargo, su aportación no es reembolsable. Si se vende una propiedad, el dinero aportado quedará en favor de la vecindad, sin derecho a devolución alguna.

Estas son las principales características del fondo de reserva de la comunidad de propietarios, figura destinada a asegurar la liquidez de las cuentas de las fincas.