Saltear al contenido principal

¿Cuáles son las funciones propias de la administración de fincas?

La administración de fincas es un trabajo muy necesario en nuestras sociedades, pero también relativamente desconocido por parte de quienes se benefician de él o pueden llegar a hacerlo en el futuro.

funciones del administrador de fincasA continuación, desgranamos las claves de una profesión muy presente en el día a día.

¿En qué consiste la administración de fincas?

Antes de pasar a desglosar las principales funciones del administrador de fincas, vale la pena detenerse en los objetivos por los que se crea esta figura.

Básicamente, su justificación se encuentra en una doble finalidad. Se trata de gestionar de un modo óptimo las cuestiones reglamentarias y financieras propias de los edificios en los que la gente vive en comunidad.

Por consiguiente, estas funciones vienen estipuladas en el artículo 20 de la Ley de Propiedad Horizontal, que es la que regula las relaciones en las fincas donde se convive bajo la forma de las comunidades de propietarios.

Como estos edificios están vinculados a derechos y obligaciones comunes para los vecinos, hace falta una figura externa que coordine, junto al presidente circunstancial de la finca, las consecuencias que estos generan.

¿Cuáles son las funciones del administrador de fincas?

En las siguientes líneas vamos a profundizar en la concreción de los cometidos a los que tiene que hacer frente este profesional.

  • Lo primero que deseamos destacar es el papel mediador de este trabajador. Un rol mediador que se concreta tanto a nivel interno como de cara al exterior. A nivel interno, lo hace como figura que busca el consenso entre los vecinos.
  • De puertas hacia afuera, por su mandato representativo de los intereses de los comuneros frente a otros actores que entran en relación con ellos. Nos referimos sobre todo a la empresa constructora y los distintos proveedores de bienes y servicios.
  • Asimismo, es el principal contacto de la comunidad de propietarios frente a las instituciones públicas que regulan los aspectos más generales de la finca. Por eso, tiene que garantizar el cumplimiento de las leyes, por ejemplo, ante el ayuntamiento.
  • Por otra parte, el administrador se va a ocupar de que las áreas comunes del edificio se encuentren en un estado óptimo. Esta función no solo tiene que ver con la corrección de los defectos de las obras, sino también con los mantenimientos.
  • Incluso puede proponer nuevos servicios que actualicen las condiciones de seguridad y confort de la finca. Se trata de un proceso de toma de decisiones bidireccional, pues constituye el referente al que se dirigen los vecinos para instar a determinadas mejoras que consideran necesarias.
  • Asimismo, el administrador controla las finanzas de la comunidad, efectúa cobros y pagos y gestiona la morosidad.
  • Por último, custodia la documentación de la finca y da acceso a ella, aparte de convocar las asambleas.

En definitiva, la administración de fincas es oportuna para regular las necesidades comunes de nuestros edificios.