Cuando vamos a contratar un Póliza de Decesos, al igual que ocurre en los seguros de vida, accidente y salud, uno de los pasos previos a la contratación es rellenar el cuestionario de salud.
Este paso previo, es de suma importancia, ya que cualquier dato incorrecto en dicho cuestionario, puede traer graves consecuencias a la hora del fallecimiento de un asegurado.
Lo que dice la ley
En la ley del contrato del seguro, en su artículo 10. El legislador establece que el Tomador del seguro tiene la obligación de declarar todas aquellas cuestiones por las que sea sometido el asegurador.
De esta afirmación, se puede entender, que sobre todas aquellas cuestiones que el asegurador no pregunte expresamente en su cuestionario de salud, el tomador no tendría obligación ninguna en comunicarlo.
En los seguros de decesos, además implica que la mayoría de las veces existen varios asegurados en póliza.
El tomador del seguro debe responder a las preguntas del cuestionario de salud en representación de estos, y es el responsable de hacerlo correctamente.
Especial cuidado con este asunto tenemos que tener cuando en la póliza de decesos existen asegurados mayores, donde debido a la edad, la salud empieza a ocasionar algunos problemas.
Mentir en un cuestionario de salud de seguros de decesos
En aplicación del artículo 10 de la ley del contrato de seguro antes mencionado, si medió dolo o culpa grave por parte de un tomador de seguro en las contestaciones del cuestionario de médico, el regulador establece en dicha ley que el asegurador quedará liberado del pago de la prestación.
Cada compañía establece un protocolo para descubrir cuando un tomador de seguros ha mentido en una declaración. Por ejemplo, hay compañías que cualquier fallecimiento por enfermedad en un seguro contratado hace menos de tres años, es motivo suficiente para paralizar el pago de las facturas y realizar las investigaciones necesarias.
Si la compañía descubre que esta enfermedad ha sido contraída con anterioridad a la contratación de la póliza, no se hará cargo del pago, con lo que la familia tendrá que hacerse cargo del coste del entierro.
Os recomendamos especial cuidado en las respuestas en los cuestionarios de salud, no interesa contratar un seguro de decesos ocultando información en ellos.
¿Y si contrae algún asegurado una enfermedad después de contratar la póliza?
Desde el año 2016, ya no es necesario en los seguros que afectan a las personas, comunicar el empeoramiento de salud a las compañías. De todos modos y aunque así fuera, como hemos comentado en otros artículos, los contratos de seguros de decesos, incluyen por ley la clausula de indisputabilidad, que impide al asegurador dar de baja una póliza de decesos por estos motivos.
Si cualquier asegurado después de la contratación de la póliza, enferma, no tiene que preocuparse de nada en lo que al seguro respecta. Ya que en su momento el cuestionario de salud fue correctamente rellenado, y su enfermedad es posterior a la firma del mismo.
Cuidado con los cambios de compañía con algún problema de salud
Puede ocurrir, que habiendo sufrido alguna enfermedad, tipo cáncer, tumor, infartos, etc. y haciendo vida normal, en un momento dado, nos surge la oportunidad de cambiar de seguro de decesos.
Este hecho, tan normal y cotidiano, adquiere un carácter sumamente importante, cuando al contratar la nueva póliza, casi sin darnos cuenta declaramos que no hemos tenido ningún problema de salud. Esto que escribo, sucede mucho más a menudo de lo que os podéis imaginar.
Puede ocurrir por ejemplo:
Un asegurado que lleva 20 años en una compañía de seguros, que durante su estancia en ésta tuvo un cáncer, y que ahora, superado 10 años después se cambia de póliza de decesos a otra compañía y casi por inercia firma en el contrato que no ha tenido ningún problema.
Como dicho asegurado, tenga la mala fortuna de, en los próximos años, de contraer un nuevo cáncer, la familia se puede encontrar con el rechazo por parte de la nueva compañía de pagar el funeral, en caso de que falleciera.
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No deja de sorprenderme los pocos escrúpulos que algunos vendedores (no se les puede llamar de otro modo) tienen con la gente.
Hace unas semanas, hablando sobre una oferta para su seguro de decesos, me comentó un cliente, que había estado en Santa Lucía durante 30 años, en ese tiempo, y aproximadamente hace 15 años le había dado un infarto y le operaron de urgencia, teniéndole que poner varias válvulas en el corazón. El caso es que hace 5 años decidió aceptar una oferta de otra compañía, que no voy a revelar su nombre porque entiendo no tienen la culpa.
El cliente, al ser preguntado en el cuestionario de médico, le comentó al operador la operación de corazón hace 10 años, siendo contestado por el agente, que no se preocupara, que después de tanto tiempo, eso ya no contaba.
Me sentí bastante indignado al pensar en la cantidad de problemas que podría tener la familia si al asegurado le da un nuevo infarto. Alguien que no conozca el mundo del seguro, puede confiar en una persona así y firmar un cuestionario de salud de manera incorrecta.
Se puede contratar un seguro de decesos con alguna enfermedad
Es enormemente difícil conseguir que una compañía de seguros acepte contratar un seguro de decesos con alguna enfermedad. Difícil, pero no imposible. A diferencia de los seguros de vida donde ya es casi inviable contratar una seguro habiendo padeció un cáncer, sufrido infarto etc.
En principio, si estamos en pleno proceso de un cáncer, tumor o de manera muy reciente un infarto etc. no habrá ninguna compañía que nos acepte en esas condiciones. Por el contrario, si la enfermedad ya ha remitido y está curada, o en caso de infartos ya hace unos años y se hace vida normal, sí nos vamos a encontrar aseguradoras que puedan valora la contratación de la póliza.
Eso sí, pueden establecer en algunos casos un periodo de carencia más largo, o incluir una sobreprima en el seguro.
En caso de VIH, por el momento las compañías de seguros no permiten la contratación de la póliza por esta enfermedad. De todos modos, en nuestra opinión, creemos que esto es algo que podrá ir cambiando en los próximos años, los avances y el control que existen sobre esta enfermedad, junto con la evolución del seguro de decesos favorecen este entorno y pronto encontraremos compañías que admitan asegurados en condiciones especiales con esta enfermedad.
Respecto al tipo de prima que interesa más, al contratar un seguro de decesos con alguna enfermedad comentada anteriormente, en nuestra correduría de seguros, siempre aconsejamos el seguro de decesos a Prima Nivelada, ya que una vez aceptado el seguro y las condiciones por ambas partes, se va a establecer sin duda un contrato de muy larga duración.
Como puntualización a todo lo escrito anteriormente, existen los seguro de decesos a prima única que carecen de cuestionario de Salud. Estos seguros los puede contratar cualquier asegurado con cualquier enfermedad, incluso en un estado terminal a pocos días del fallecimiento.
Consejos sobre el cuestionario médico
Desde nuestra correduría de seguros, os recomendamos que nunca mintáis en un cuestionario de médico.
Si alguien os dice que un cáncer, infarto, etc. no tiene importancia porque hayan pasado 10 años, sospechéis de que no está diciendo la verdad.
Si tenéis la mala suerte de haber sufrido alguna enfermedad, declararla siempre en el cuestionario de salud y que sea la compañía la que ponga las condiciones de aseguramiento que luego aceptareis o no. Pero podréis estar tranquilos que el día de mañana el seguro responderá.
Como expertos en seguros de decesos, os podemos aconsejar sobre cuál es el mejor seguro de decesos para vuestro caso particular. En el supuesto que tengáis una enfermedad, podemos estudiar vuestro caso y proponeros la mejor alternativa. Pídenos presupuesto sin compromiso aquí.
Si quieres disfrutar de la tranquilidad de tenerlo todo resuelto, por muy poco al mes, el día de mañana, puedes empezar por calcular online tú mismo el precio de un seguro de decesos.
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